Whistleblowing channel

En el Colegio Internacional de Sevilla- San Francisco de Paula nos comprometemos a mantener un entorno seguro y ético para todos los miembros de nuestra comunidad educativa. Como parte de este compromiso, ponemos a su disposición el canal de denuncias conforme a lo estipulado en la Ley 2/2023 de protección del informante que regula la implantación de Sistemas internos de información.

Este canal de denuncias es de gestión externalizada y pueden encontrarlo en el siguiente enlace.

A continuación, les dejamos nuestro Código de Conducta, documentación relativa al uso del canal de denuncias, así como un breve resumen sobre el mismo: 

¿Qué es el canal de denuncias?

Es una herramienta accesible para recibir, de forma anónima o confidencial, comunicaciones sobre las infracciones que pudieran afectar al correcto desarrollo o actividad de la empresa. 

¿Quién puede hacer uso del canal?

Todo el personal del Colegio Internacional de Sevilla – San Francisco de Paula, entendiendo por personal a todas aquellas personas vinculadas profesionalmente con la empresa, ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena, o cualquier otra relación de colaboración. Asimismo, los becarios, contratos en prácticas, etc. 

¿Qué se puede denunciar a través del canal?

  • Infracciones penales, administrativas o de la normativa interna de nuestro Colegio. 
  • Infracciones de la Unión Europea, en los términos establecidos en el artículo 2 de la Ley 2/2023. 

 

El uso del canal de denuncias debe respetar el principio de proporcionalidad, de forma que las denuncias se refieran exclusivamente a supuestos en que los hechos o actuaciones tengan una efectiva implicación en la relación entre la empresa y el denunciado. Es decir, no serán objeto de comunicación a través del canal, hechos que afecten exclusivamente al ámbito personal de la persona denunciada, sin que repercuta en la empresa.